Psicoanálisis y Estado |
¿Cómo se
legitima un psicoanalista?
PROPUESTA DE VARIAS
ENTIDADES A LA LEGISLATURA PORTEÑA
Nota aparecida en
el suplemento de
psicología de Página/12
el 6 de julio de 2000
Que se fijen, clara y ordenadamente, cuáles son las condiciones bajo las cuales se nombra un psicoanalista, solicita una propuesta elevada a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires por varias instituciones psicoanalíticas.
Ante la próxima sanción de la ley de salud mental de la Ciudad, estas entidades se pronuncian por instituir necesariamente, en la formación teórica y clínica, el análisis del analista. Según su propuesta, esa formación debe partir de un título universitario, pero se realiza en instituciones fuera del ámbito de influencia universitaria.El documento fue presentado ayer ante la Comisión de Salud y la Subcomisión de Salud Mental de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. Está suscripto por la Asociación Psicoanalítica Argentina (APA), la Asociación Psicoanalítica de Buenos Aires (APdeBA), la Escuela Freudiana de Buenos Aires (EFBA) y la Fundación Discurso Freudiano. También firman su acuerdo con la propuesta la Escuela Freudiana de la Argentina, Agrupo, Intersecciones, Institución Psicoanalítica de Buenos Aires, Letra, Mayéutica y Tiempo.
El texto observa que el psicoanálisis participa conjuntamente con las medicinas, las psiquiatrías y las psicologías en el amplio campo de la salud mental, pero no se subsume en ninguna de dichas disciplinas, y plantea: ¿Qué es un psicoanalista? ¿Cómo se legitima y legaliza su práctica? El psicoanálisis es un saber y una praxis que requiere una trasmisión que no puede ser sólo conceptual y se posibilita con el análisis del analista. Para nuestras instituciones de cuño freudiano, un psicoanalista es quien ha recorrido las instancias de formación entre las que se destaca el análisis del analista, asimismo ha recibido en dichas instituciones reconocimientos por su trayectoria teórica y clínica.
Según la propuesta, el psicoanálisis reconoce como necesario en la formación del psicoanalista que éste parta de un título de grado universitario. Pero de ninguna manera esos títulos son suficientes para definir nuestra práctica. Tradicionalmente la formación psicoanalítica se realiza y se ha realizado desde hace ya más de sesenta años en nuestro país en instituciones que han estado, por diversos motivos, fuera del ámbito de influencia universitaria.
En sus conclusiones, la propuesta pide que cuando la ley delimite el campo de la salud mental, el psicoanálisis con sus particularidades quede inscripto en él y que dada la especificidad del psicoanálisis en su práctica y transmisión se fijen, clara y ordenadamente, cuáles son las condiciones bajo las cuales se nombra un psicoanalista.
Las entidades solicitan que la ley de salud mental habilite y oriente para que nuestras instituciones psicoanalíticas participen en el consejo asesor de salud mental que oportunamente se cree, y que ese organismo evite maniobras corporativas. Solicitan la participación del conjunto de los sectores involucrados para la planificación, regulación y fiscalización de las políticas en salud mental.