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Resolución del Consejo Directivo de la Fac. de Psicología - UBA
sobre el proyecto de colegiación de la diputada Caruso

 

Buenos Aires, 15 NOV 2004.-

SESION DE CONSEJO DIRECTIVO DEL 15 DE NOVIEMBRE DE 2004.-

VISTO:

El contenido del proyecto de ley de creación del Colegio de Psicólogos de la Ciudad de Buenos Aires presentado en la Legislatura de ese distrito por la legisladora Licenciada Alicia Caruso, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad, en su artículo 22 establece que "La Ciudad ejerce su función indelegable de autoridad sanitaria. Regula, habilita, fiscaliza y controla todo el circuito de producción, comercialización y consumo de productos alimenticios, medicamentos, tecnología médica, el ejercicio de las profesiones y la acreditación de los servicios de salud y cualquier otro aspecto que tenga incidencia en ella. Coordina su actividad con otras jurisdicciones.";

Que la Ley 153 de la Ciudad de Buenos Aires, Ley Básica de Salud, en su artículo 41 establece : "Regulación y fiscalización. Funciones generales La autoridad de aplicación ejerce la regulación y fiscalización de los subsectores de la seguridad social y privado, del ejercicio de las profesiones relacionadas con la salud, de la acreditación de los servicios, de lo atinente a medicamentos, alimentos, tecnología sanitaria, salud ambiental y todo otro aspecto que incida sobre la salud."

Que tanto la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires como la Ley Básica de Salud establecen que el poder de policía en materia de salud es indelegable por parte del Estado, o sea que es la única instancia para regular el ejercicio de la Psicología;

Que por Res.Nº 136/2004 el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología declaró el título de Licenciado en Psicología dentro de las profesiones del área de salud comprendidas en el artículo 42 de la Ley 24.512;

Que el proyecto mencionado en el Visto, de creación del Colegio de Psicólogos para la Ciudad de Buenos Aires es inconstitucional, ya que contradice lo expresado por la Asamblea Constituyente de 1994 que sancionó la Constitución para la Ciudad de Buenos Aires;

Que el proyecto mencionado en el Visto pone en riesgo la calidad de la atención psicológica prestada a la comunidad.

 

 Expte.Nº266.2180/04 Vinc.50.-

 

 

Que el mencionado proyecto evidencia un ataque hacia la Psicología como profesión de la salud mental, tal como fue establecida en la Ley Nacional 23.277/85, que regula el ejercicio profesional del psicólogo.

Que va en detrimento de los logros conseguidos con gran esfuerzo durante años para dejar de ser una profesión auxiliar de la medicina y que nuevamente hoy algunos sectores pretenden impulsar;

Que las distintas instancias de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberían garantizar la defensa actual de la normativa vigente respecto del lugar que ocupan los profesionales de la Psicología, en tanto agentes de salud.

Por ello;

Lo acordado en el día de la fecha;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE PSICOLOGIA

R E S U E L V E:

Artículo 1º.- Manifestar su más enérgico repudio al proyecto presentado por la legisladora Lic. Alicia Caruso.

Artículo 2º.- REGISTRESE, comuníquese a la Secretaría de Consejo Directivo, al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, a las Unidades Académicas de la Universidad de Buenos Aires, a las Facultades de Psicología de Universidades Nacionales, a la Unidad de Vinculación de Unidades Académicas de Psicología de Gestión Privada, a la Asociación de Psicólogos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires, a la Asociación de Psicólogos de Buenos Aires, a la Federación de Psicólogos de la República Argentina, al Presidente de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los Presidentes de los distintos Bloques de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cumplido gírese a la Secretaría de Extensión Cultura y Bienestar Universitario a fin de que se dé amplia difusión.-

RESOLUCION (CD) Nº 1439

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